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Es un documento de tipo notarial en el cual se concreta todos los elementos presentes en una finca concreta: locales, aparcamientos, pisos, zonas comunes, jardines, pistas deportivas, piscina, etc., con la correspondiente descripción de cada uno de ellos, este documento lo otorga el Promotor y se denomina Escritura de División Horizontal.

Este documento sirve para definir las cuotas de participación de todas las fincas en el edificio, definir si un elemento es privativo o comunitario, a quien corresponde su uso y quien es el responsable de su mantenimiento y reparación, establecer modificaciones o limitaciones de uso de unas fincas concretas.

Su contenido viene regulado por el articulo 5 de la LPH, y en él se debe describir:

  •  El edificio, explicando su situación hipotecaria, los servicios e instalaciones del edificio.
  • Los elementos del edificio: locales, pisos, garajes, y zonas comunes sus superficies y linderos.
  • Las cuotas de participación de participación de los elementos privados del edificio
  • Normas de uso de las zonas comunes así como las posibilidades de anexión, segregación y limitaciones de uso de los elementos privados, pueden incluirse también los Estatutos, aunque estos no son obligatorios.

El Titulo Constitutivo no es algo inalterable, pudiendo ser modificado por el promotor antes de la venta, por resolución judicial, o por acuerdo unánime de los propietarios siempre bajo lo dictaminado por el artículo 9 de la LPH.